Cómo crear una sociedad limitada (I). ¿Qué es una S.L.?

 

sl1La sociedad de responsabilidad limitada es un tipo de sociedad mercantil dotada de personalidad jurídica propia distinta de la de los socios que la componen, que está especialmente indicada para pequeñas empresas.

¿Cuál es el capital mínimo?

El capital mínimo para constituir una sociedad limitada son 3.000 Euros, dividido en participaciones sociales que no pueden incorporarse a títulos valores ni denominarse acciones, y que debe estar totalmente desembolsado en el momento inicial.

Esto no obstante, puede constituirse también una sociedad limitada en régimen de formación sucesiva, en cuyo caso el capital desembolsado por los socios fundadores puede ser inferior al mínimo legal expresado anteriormente. Este tipo de sociedades están sujetas a ciertas restricciones, como el hecho de que deben destinar a reserva legal al menos el 20% del beneficio del ejercicio y que no podrán repartir dividendos entre los socios si como consecuencia del reparto el patrimonio neto de la sociedad queda por debajo del 60% del capital social mínimo. En el mismo sentido, la suma de las retribuciones de socios y administradores no podrá exceder del 20% del patrimonio neto del ejercicio, y los socios y administradores responden solidariamente del desembolso del capital mínimo en el caso de liquidación de la sociedad si el patrimonio de ésta no fuera suficiente para atender a sus obligaciones.

¿Cuántos socios hacen falta para constituirla?

No existe número máximo ni mínimo de socios, sino que pueden constituir una sociedad limitada cualquier número de personas, sean éstas personas físicas o jurídicas.
Existe la posibilidad de constituir una sociedad limitada con un único socio. 

¿Qué pueden aportar los socios para constituirla?

Pueden ser objeto de aportación a la sociedad por los socios cualquier tipo de bienes o derechos que tengan contenido económico o patrimonial (dinero, inmuebles, bienes muebles, propiedad intelectual, propiedad industrial, etc). Cabe también la posibilidad de que los estatutos establezcan la obligación a cargo de uno o varios socios de realizar aportaciones distintas de las aportaciones de capital, que reciben el nombre de prestaciones accesorias.

¿Responden los socios personalmente de las deudas de la sociedad?

Los socios de una sociedad limitada no responden con sus propios bienes de las deudas de la sociedad, sino únicamente con los bienes de la propia sociedad. Esto no obstante, hay que tener en cuenta que en el caso de sociedad limitada en régimen de formación sucesiva, que es aquella en la que no se ha desembolsado inicialmente el capital social mínimo, los socios fundadores responden solidariamente frente a la sociedad y frente a sus acreedores de la realidad de las aportaciones al capital social.

¿Cuál es el procedimiento para constituir una S.L.?

En cuanto a los pasos que deben darse para constituir una sociedad limitada,   hay que indicar que existen dos procedimientos para constituir este tipo de sociedades: el que pudiéramos llamar procedimiento ordinario de constitución, que es es que ha sido el habitual antes de la irrupción de las nuevas tecnologías en los despachos notariales, y un segundo procedimiento denominado procedimiento telemático, que se caracteriza porque se desarrolla íntegramente a través de internet y con unos plazos de más breves. Ambos procedimientos se examinan detenidamente en sendos artículos de este blog.

 

José Antonio Hebrero Hernández
Notario de Irún

 



Categorías:BASICOS EMPRESA, Empresa, Sociedades mercantiles

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